[Chile] No he encontrado una ordenanza especÃfica sobre tenencia de mascotas/perros callejeros en la página de la municipalidad de La Florida. Escribà al departamento de Aseo y Ornato, y espero respuesta. Si sabes algo, déjame un comentario, por favor.
Lo que sà he encontrado, en la ordenanza 1 (que es una mezcla de varios temas), es un artÃculo que es ilegal: en el artÃculo 7 se ofrecen servicios de eutanasia [!!]. Cobran 0.20 u.t.m. (también vacunan contra la rabia y tratan contra garrapatas, a 0.10 u.t.m. cada uno de estos servicios).
Que yo sepa según la ley corresponde la aplicación de la eutanasia a las autoridades sanitarias (que por cierto son responsables de tanta anarquÃa, seguramente, pues parece que no fiscalizan la labor de las municipalidades: ¿no es obligación suya hacerlo?). Eutanasiar además sólo se puede aplicar en caso de rabia y no a petición de cualquiera porque sÃ. Es ilegal por tanto este artÃculo 7.
Por otro lado, he sabido a través del Grupo P que en La Florida hay una clÃnica subvencionada por la municipalidad que ofrece servicios a precios bastante asequibles: consulta, 1.500 pesos; vacunas, 4.000; esterilizaciones, entre 7.000 y 8.000 pesos. Está en Alonso de Ercilla 1270. El teléfono es 2850700. A decir del floridano Mauricio Briones, la atención es excepcional. Lo celebro. En esta clÃnica, [a modo de indicador ético], rechazan esterilizar a perras embarazadas.
Lee la respuesta - corrección de Florencia Trujillo a mi análisis del artÃculo 7 de la ordenanza 1.

August 3rd, 2008 at 6:32 pm
[…] Reproduzco a continuación una respuesta-corrección de Florencia Trujillo, abogada de Cefu, a mi análisis de la ordenanza 1 de la municipalidad de La Florida. DecÃa yo que ofrecer servicios de eutanasia […]